Funciones del Comité de Pre Consejo

El Comité de Pre Consejo tratará materias que requieran ser sometidas a aprobación de Consejo en sesión ordinaria o extraordinaria, tales como las indicadas en las letras a) a q) del artículo 1 de la Normativa interna de funcionamiento del Consejo, y las demás que disponga el Presidente.

Entre las labores a ejecutar, a este Comité le corresponderá:

  • Aprobar el Plan Estratégico Institucional de la Comisión, el que recogerá las prioridades y proyectos estratégicos definidos por el Consejo y los recursos institucionales destinados al efecto, en concordancia con lo establecido en el presupuesto de la Comisión. Este plan deberá ser actualizado cada año.
  • Aprobar la Política de Regulación y planes de regulación de las personas y entidades sujetas a la supervigilancia de la Comisión y, en su caso, los resultados de las mismas.
  • Conocer los procedimientos de investigación o sancionatorios respecto de los cuales corresponde su pronunciamiento al Consejo.
  • Ejercer las facultades normativas que competen a la Comisión, a través de la dictación de las normas, circulares, oficios circulares y otros actos administrativos o resoluciones que se requieran al efecto.
  • Interpretar administrativamente las leyes, reglamentos y demás normas que rigen a las personas, entidades o actividades fiscalizadas.
  • Formular al Presidente de la República, a través del Ministerio de Hacienda, las propuestas de reforma a normas legales y reglamentarias necesarias para asegurar el adecuado funcionamiento del mercado financiero y el cumplimiento por parte de las personas o entidades fiscalizadas de la normativa que las rige.
  • Aprobar la Política de Supervisión y planes de fiscalización de las personas y entidades sujetas a la supervigilancia de la Comisión; pronunciarse, según corresponda, respecto de los resultados de la evaluación de tales personas y entidades; e instruir las acciones correctivas que se derivan de las mismas.
  • Aprobar el Plan Anual de Estudios y Estadísticas.
  • Adoptar las medidas preventivas o correctivas que se estimen necesarias para el debido resguardo de accionistas, inversionistas, depositantes y asegurados, así como del interés público y la estabilidad financiera.
  • Aprobar la Política Sancionatoria y de coordinación de la Unidad de Investigación con el Consejo y demás unidades de la CMF, así como resolver los procedimientos sancionatorios que se originen como consecuencia de la formulación de cargos que formule el Fiscal a cargo de la Unidad de Investigación, aplicando las sanciones que correspondan, en su caso, y pronunciarse sobre las medidas a que se refieren los numerales 5 y 27 del artículo 5 de la Ley.
  • Aprobar las propuestas de organización interna y asignación de funciones para el ejercicio de las atribuciones y responsabilidades de la Comisión que presente el Presidente.
  • Establecer políticas de planificación, organización, dirección, supervisión, coordinación y control del funcionamiento de la Comisión y velar por la existencia de mecanismos de control interno adecuados.
  • Establecer políticas de administración, adquisición y enajenación de bienes, excepto aquellos inmuebles cuya adquisición o enajenación requiera la aprobación del Ministro de Hacienda.
  • Establecer las políticas de comunicaciones, de auditoría interna y otras que sean necesarias para el mejor funcionamiento de la Comisión.
  • Establecer la política de gestión y desarrollo de personas en concordancia con el Estatuto de Personal de la Comisión previsto en el artículo 26 de la Ley.
  • Aprobar las solicitudes presupuestarias de la Comisión a comunicar al Ministerio de Hacienda en los términos previstos en el N° 12 del artículo 21 de la Ley.
  • Elaborar la Cuenta Pública Anual de la Comisión a que se refiere el N° 11 del artículo 20 de la Ley y el artículo 32 de esta Normativa, especialmente, entre otras materias, en lo referente a la función fiscalizadora, normativa y sancionatoria de la Comisión.
  • Resolver acerca de la suscripción de convenios o memorandos de entendimiento con organismos
    nacionales, internacionales o extranjeros, sean estos públicos o privados.

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